Registro Nacional
Las ASFL deben completar cuatro pasos, totalmente gratis,para lograr su registro nacional.
1. Pre Registro y Validación Clasificación
Primer proceso que debe agotar una ASFL, una vez ha sido incorporada legalmente. Es necesario para la Habilitación Sectorial y la Inscripción en el Registro Nacional de Habilitación del Centro Nacional de Fomento y Promoción de las ASFL.
2. Gestión de Habilitación Sectorial
La Habilitacion Sectorial es el proceso mediante el cual un órgano sectorial del Estado verifica que los servicios ofrecidos por las ASFL cumplen con condiciones mínimas y particulares; en cuanto a sus recursos físicos, humanos, estructurales y de funcionamiento; para asegurar y garantizar a la población la prestación de servicios seguros y de calidad. El procedimiento concluye con la obtención de una Licencia o Permiso de Habilitación.
3. Inscripción Registro Nacional de Habilitación (RNH)
La Ley 122-05 requiere que todas las ASFL realicen su inscripción en el Registro Nacional de Habilitación de Asociaciones sin Fines de Lucro, como referencia fundamental para la propuesta de asignación de fondos o contratación de estas por el sector público, así como para el aval del Estado al establecimiento de convenios y/o obtención de financiamiento de organismos de cooperación. Para dicha inscripción la ASFL requiere estar debidamente incorporada, clasificada y haber obtenido su licencia de habilitación sectorial. Recibirá notificación vía correo electrónico con la respuesta de su inscripción.
4. Certificación de Inscripción en el Registro Nacional de Habilitación
Es la constancia de inscripción de la ASFL en el Registro Nacional de Habilitación (RNH) del Centro Nacional y valida cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 122-05, para la Regulación y Fomento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro y su Reglamento de Aplicación No. 40-08. La certificación puede ser requerida por todas las ASFL que se encuentren al día en sus obligaciones legales y fiscales; tiene una vigencia de 30 días calendario y es solicitada a través de SIGASFL.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el Pre-registro y qué función tiene?
¿Qué debe hacer una ASFL para realizar el pre-registro?
¿Para qué una ASFL necesita una Habilitación Sectorial?
También las ASFL que trabajen en sectores en que la habilitación sea un requisito necesario para obtener el permiso para operar.
¿Qué necesita una ASFL para realizar una Habilitación Sectorial?
¿Cómo se realiza la Habilitación Sectorial?
Para gestionar la Habilitación Sectorial, la ASFL debe acceder al SIGASFL, en la dirección www.sigasfl.gob.do, con su usuario y contraseña, elegir la opción Solicitudes/Habilitación Sectorial, completar el formulario y adjuntar los documentos requeridos, que podrán variar, en función del sector hacia el cual prestarán sus servicios. Las informaciones serán recibidas y procesadas por el órgano sectorial correspondiente.
¿Puede una ASFL utilizar una Habilitación Sectorial para todas las actividades que requiera realizar?
¿Cuáles ASFL necesitan rendir cuentas?
¿Por qué una ASFL necesitan rendir cuentas?
La rendición de cuentas va más allá de la simple presentación de facturas y comprobantes de gastos e inversiones. Es un ejercicio permanente que implica no solo informar hacia dónde se destinaron los recursos recibidos, sino también y aún más importante, demostrar los resultados o productos obtenidos a partir de su utilización, sin abusar de sus privilegios especiales para realizar actividades contrarias a sus objetivos.
Las ASFL deben acceder al módulo del SIGASFL destinados para esos fines y completar la información necesaria, tales como:
- Plan Operativo asociado a los recursos asignados, conteniendo las actividades, metas e indicadores de desempeño respecto al programa o proyecto presentado.
- Ejecución de actividades
- Ejecución presupuestaria.
- Observaciones a la rendición de cuentas formuladas por los órganos sectoriales, la Cámara de Cuentas y el Centro nacional.
¿Por qué una ASFL necesita realizar una inscripción en el Registro Nacional de Habilitación de Asociaciones sin Fines de Lucro?
La inscripción en el Registro Nacional de Habilitación de Asociaciones sin Fines de Lucro por parte del Centro Nacional es un mandato requerido por la Ley 122-05 para todas las asociaciones sin fines de lucro incorporadas en el país, nacionales o extranjeras.
¿Qué necesita una ASFL para la inscripción en el Registro Nacional de Habilitación?
¿Cuáles ASFL necesitan una inscripción en el Registro Nacional de Habilitación?
No se requerirá habilitación sectorial a las asociaciones que no califiquen para obtener fondos públicos, es decir, las de beneficio mutuo, o a las asociaciones mixtas u órganos interasociativos que no desarrollen programas o proyectos de beneficio público.
¿Qué es la Certificación de Inscripción en el Registro Nacional de Habilitación?
¿Quiénes pueden recibir la Certificación de Inscripción en el Registro Nacional de Habilitación?
¿Por cuánto tiempo es válida la Certificación de Inscripción en el Registro Nacional de Habilitación?
¿Tiene en el Centro Nacional algún tipo de capacitación para las ASFL?
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